Logo-Catedra-Viabilidad-EmpresarialLogo-Catedra-Viabilidad-EmpresarialLogo-Catedra-Viabilidad-EmpresarialLogo-Catedra-Viabilidad-Empresarial
  • Inicio
  • La Cátedra
    • Presidencia
  • Informe Covid19
  • Actividades
    • Premios
      • Premios Cátedra de Viabilidad Empresarial
      • Premios Vicente García Martín
    • Foro Málaga Viva
    • Foros y Actividades
    • II Torneo Padel
  • Aula Liderazgo Empresarial
  • Blog
  • Contacto
CUENTAS ANUALES Y ESTADO DE ALARMA
marzo 18, 2020
VI premios Vicente García Martín
febrero 9, 2021

Sobre la no obligación de solicitar el concurso durante el estado de alarma

Ayer mismo publicábamos por esta vía unas líneas al respecto de la obligación de acudir por parte de las personas naturales o jurídicas en situación de insolvencia -recordemos, incapacidad para atender regularmente las obligaciones exigibles- a los mecanismos legales previstos en la Ley Concursal.

Lo excepcional de las actuales circunstancias dejan caducas aquellas palabras en menos de 24 horas y, por ello, donde ayer decíamos obligación hoy debemos matizar y sustituir dicho término por facultad o, en todo caso, conveniencia.

Si en el estado normal de las cosas es obligatorio acudir al concurso voluntario en el plazo de dos meses desde que se conoce o debió conocerse la situación de insolvencia, durante el actual estado de alarma dicha obligación ha dejado de ser exigible y, por ello, el mencionado plazo de dos meses no comenzará a computarse hasta superada la situación que atravesamos.

Consecuentemente con lo anterior, se ha acordado la imposibilidad de admitir a trámite concursos necesarios hasta que transcurra el mencionado plazo de dos meses desde el fin del estado de alarma y, también que, de concurrir en dicho plazo solicitud de concurso necesario y voluntario respecto de un mismo deudor, primará el voluntario sin atender a cuál de ellos fue instado primero.

Por último, para aquellas entidades que se encontraran ya en el marco de un procedimiento de negociaciones con sus acreedores para alcanzar un acuerdo de refinanciación, o un acuerdo extrajudicial de pagos, o para obtener adhesiones a una propuesta anticipada de convenio; el fracaso de tales negociaciones tampoco supondrá la obligación de solicitar su declaración en concurso mientras dure el actual estado de alarma.

Estas son las novedades introducidas al respecto por el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19 que, sin duda, permiten a deudores y órganos de administración de entidades en situación de insolvencia abordar con mayor tranquilidad la situación y, en su caso, la necesaria toma de decisiones.

Sin embargo, hay dos cuestiones que no han cambiado desde ayer en aplicación de las excepcionales medidas aprobadas y que merecen ser recordadas nuevamente:

  • la insolvencia inminente, es decir, aquella que va a concurrir pero que aún no concurre también permite a quienes la sufren acudir a los mecanismos legales previstos en la Ley Concursal,
  • Y, tales mecanismos, han demostrado una mayor eficacia cuando se ha acudido a ellos de forma temprana y sin esperar, por tanto, a que la gravedad de la situación haga inviable o extremadamente difícil cualquier posibilidad de recuperación.

Daniel Pastor Vega

Presidente de la Cátedra de Viabilidad Empresarial de la UMA

Share

Related posts

febrero 9, 2021

VI premios Vicente García Martín


Leer mas
marzo 18, 2020

CUENTAS ANUALES Y ESTADO DE ALARMA


Leer mas
marzo 18, 2020

La toma de decisiones sociales durante el estado de alarma.


Leer mas

Deja un comentario Cancelar respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

© 2019 Cátedra de Viabilidad Empresarial de la Universidad de Málaga

Calendario actividades

febrero 2023
L M X J V S D
« Oct    
 12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
2728  

Entradas Recientes

  • practicas2021
  • VI premios Vicente García Martín
  • Sobre la no obligación de solicitar el concurso durante el estado de alarma
  • CUENTAS ANUALES Y ESTADO DE ALARMA
© 2019 Cátedra de Viabilidad Empresarial de la Universidad de Málaga
En esta Web utilizamos Cookie para mejorar tu experiencia de usuario. ¿Estas de Acuerdo?.
AceptarSettingsLeer más
Privacidad y Política de Cookies

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Las cookies necesarias son esenciales para garantizar que el sitio web funcione correctamente. Esta sección solo incluye cookies que garantizan que el sitio web tenga capacidades básicas y características de seguridad. Estas cookies no almacenan ninguna información personal.
Non-necessary
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.
GUARDAR Y ACEPTAR